
Responsabilidad Civil construcción Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Toda obra deberá contar obligatoriamente con un Seguro de Responsabilidad Civil Contra Terceros Linderos y Vía Pública que deberá presentar el Director de Obra al dar el correspondiente Inicio de Obra.
- La vigencia de la Póliza se extenderá desde la fecha de inicio de los trabajos hasta la total y efectiva finalización de los mismos.
- El monto mínimo a cubrir para cada tipo de obra se encuentra estipulado en Unidades Fijas de acuerdo al cuadro de Reglamentación del Art. 2.1.19 del Código de Edificación.
- Las obras ya iniciadas o por iniciar deberán ajustarse de acuerdo a su Tipo de Obra o superficie a construir, a los montos presentados a continuación.
- Para las obras únicamente de Demolición se requerirá como mínimo el monto estipulado para la Obra Media.

Estos valores regirán desde 03 de marzo del 2025 al 02 de septiembre del 2025.